CEDH no puede involucrarse en presunto desalojo de 27 familias en La Paz: Presidenta

Tras presunto desalojo de 27 familia de la colonia Agua Escondida, en La Paz, la CEDH dice que no puede involucrarse, hay una prohibición expresa, señalan
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La Paz, Baja California Sur (BCS). La presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) en Baja California Sur, Charlene Ramos Hernández, indicó que, no pueden involucrar en el presunto desalojo de 27 familias de la colonia Agua Escondida. Señaló que, al ser un caso de carácter jurisdiccional, donde existe la orden de un juez, la Comisión tiene una prohibición expresa de no ser parte del asunto.   

“Recordemos que la Comisión Estatal de Derechos Humanos tiene 4 fracciones que vienen del artículo 13 de la Ley de la Comisión, en las cuales viene una prohibición expresa para la intervención de la Comisión […]  

“En asuntos de carácter jurisdiccional, que sería justamente este caso; cuando hay alguna situación que es de juzgados, que es de un juicio, que hay una orden de un juez o el acto de autoridad deviene de esta orden de juez, ahí la Comisión Estatal de Derechos, tiene prohibición expresa de involucrarse”, indicó la titular de la CEDH.  

Como se recuerda, el pasado viernes (28 de junio), se reveló que existe un resolutivo de un juez, donde apuntaba que desalojarían alrededor de 27 familias, de la colonia Agua Escondida, en el Cardonal.  

Los residentes alegan que llevan hasta 28 años viviendo en ese punto e incluso edificaron inmuebles, además cuentan con recibos de pagos y documentos que les acreditan la posesión del lugar. Por si fuera poco, indicaron que nunca fueron notificados sobre el juicio.   

La funcionaria estatal comentó que, a pesar de que la Comisión, no puede tomar acción ante este tipo situación, si se les ha brindado orientación jurídica con respecto a que es lo que procedería con este caso  

“Sin embargo, pues, por ese sentido la persona cuando acudió a la Comisión, pues se le dio la cuestión de la orientación, en el sentido de que no es posible presentar una queja porque no tenemos competencia; sin embargo, si se le brindó la orientación correspondiente jurídica respecto de qué es lo que procedería en este caso”, aseguró.  

Señaló que, el sistema jurídico tiene 2 vertientes, uno jurisdiccional y otro no jurisdiccional, y la Comisión tiene injerencia cuando es este último, pues son actos administrativos que involucra a autoridades estatales.  

“Recordemos que nuestro sistema jurídico tiene como estos 2 grandes, en sistemas: el jurisdiccional y el no jurisdiccional, la Comisión Estatal de Derechos Humanos tiene competencia sobre el no jurisdiccional, que son actos administrativos de autoridades de la índole estatal, y cuando hay cuestiones ya jurisdiccionales, viene otro sistema de protección de Derechos Humanos, que ya justamente es lo que se conoce comúnmente como el amparo”, detalló.  

Finalmente, señaló que, estas cuestiones jurídicas se presentan directamente a los jueces de distrito para que sean ellos, como autoridad competente, los que atiendan estas situaciones, y así puedan determinar y emitir las resoluciones correspondientes con resto a presuntos actos de violaciones a los derechos humanos.  

“Estos procedimientos que ya se presentan directamente entre los jueces de distrito para que ya sean ellos los competentes para atender cada una de estas situaciones y puedan determinar y emitir las resoluciones correspondientes respecto de presuntas violaciones de derechos humanos”, manifestó Charlene Ramos. 


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